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Lunes, 29 Octubre 2018 14:54

CONVOCATORIAS: Apoyo a la Distribución Selectiva EACEA 28/2018

DistribucionSelectivaAperturaInteriorEACEA 28 2018Publicada la nueva convocatoria de apoyo a la Distribución Selectiva EACEA 28/2018.

Convocatoria para la distribución transnacional de películas europeas no nacionales en salas y plataformas digitales, así como para actividades de ventas internacionales. Mediante la comercialización internacional de obras audiovisuales, concretamente a través de su subtitulación, doblaje y audiodescripción, se alienta a grupos de distribuidores a estrenar películas no nacionales.

La nueva convocatoria presenta los siguientes cambios con respecto a la anterior:

    • Cambio contractual: la subvención se otorgará al agente de ventas de la película en lugar de subvenciones individuales para cada distribuidor en cada territorio de la película.
    • Nuevos criterios cualitativos en la adjudicación de agrupaciones: los criterios de adjudicación implicarán una evaluación cualitativa de los proyectos.
    • Los beneficiarios seleccionados no serán exclusivamente distribuidores:
      • El agente de ventas obtendrá apoyo financiero por su labor de coordinación y promoción de la película.
      • Los distribuidores seguirán recibiendo un apoyo para su lanzamiento nacional.
    • Las películas seleccionadas tendrán un presupuesto de producción con un límite de 15 millones de euros (no de 10 millones de euros).
    • Periodo de elegibilidad de los costes: comenzará a partir de la fecha de la firma del acuerdo con la Agencia Ejecutiva. Podrá comenzar desde la fecha de presentación de la solicitud siempre que esté justificado y solicitado en el eForm.
    • Nuevos criterios de selección:
      • Agente de ventas elegible con un nivel mínimo de experiencia:  deberá haber vendido al menos 3 películas lanzadas en al menos 5 territorios durante los últimos 3 años anteriores a su aplicación.
      • La licencia de explotación en cine adquirida por al menos 15 países MEDIA.
      • Un mínimo de 7 distribuidores deberán firmar su acuerdo de distribución con el agente de ventas.
      • Una proporción de al menos 2 de estos distribuidores debe provenir de países de baja capacidad de producción y 3 de países de alta o media capacidad de producción.
      • Relevancia y valor añadido europeo’ puntúa con 30 puntos. Se valorará la asociación establecida, la estrategia europea de colaboración, los vínculos con plataformas europeas y la colaboración con los productores.
      • Calidad del contenido y actividades’ 45 puntos. Se tendrá en cuenta el potencial de la película, la calidad de las estrategias de marketing de distribución, la efectividad de la acción.
      • Comunicación y diseminación’ 15 puntos. Descripción de la extensión de la distribución en Europa, la estrategia utilizada para llegar a las plataformas en línea.
      • Coordinación’ 10 puntos. Metodología utilizada para monitorear la coordinación de la acción.
    • Sistema de asignación de subvenciones basado en el presupuesto (no más cantidades fijas establecidas, lump sums).

Fechas límite: 08 de enero de 2019 y 04 de junio de 2019.

Financiación disponible:

El presupuesto total disponible es de 9.851.144 millones de euros.

Un máximo del 25% del presupuesto se destinará a películas con un presupuesto de producción superior a los 10 millones de euros.

La contribución financiera de la UE no podrá exceder el 50% de los costes totales. La inversión por parte de terceros debe estimarse en la ‘parte de ingresos’ del presupuesto.

El apoyo se limita al 50% de los P&A incurridos por terceros.

Dentro de los siguientes límites:

                Max 150.000€ para Francia, Reino Unido, España, Italia y Alemania

                Max 60.000€ para Austria, Bélgica, Países Bajos y Polonia

                Max 30.000€ para República Checa, Dinamarca, Finlandia, República Helénica, Hungría,    Noruega y Portugal

                Max 10.000€ para el resto de territorios.

El apoyo máximo para terceros se incluirá en el acuerdo de subvención.

Solicitantes elegibles:

Los solicitantes serán una empresa europea de agentes de ventas:

Una empresa europea que actúe como agente intermediario para el productor, especializada en la explotación comercial de una película, comercializando y otorgando licencias de una película a distribuidores u otros compradores de países extranjeros.

El agente de ventas deber haber sido durante los últimos 3 años, el agente de ventas designado de al menos 3 películas que hayan sido estrenadas en al menos 5 países. El agente de ventas debe ser designado por el productor de la película a través de un acuerdo de ventas internacional que estipule el derecho de vender la película en al menos 15 países que participan en el Subprograma MEDIA.

Los solicitantes deben estar establecidos en uno de los países participantes en el Subprograma MEDIA y que sean propiedad, directamente o por participación mayoritaria, de ciudadanos de estos países.

Proyectos elegibles:

Se financiarán campañas para la distribución paneuropea de películas europeas elegibles, fuera de su país de origen, coordinadas por el agente de ventas de la película.

Se debe reunir un mínimo de 7 distribuidores diferentes al proyecto. De los 7 distribuidores: al menos 3 deberán proceder de países de alta / mediana capacidad de producción y al menos 2 de países de baja capacidad de producción.

La película deber haber sido producida en su mayoría por un productor / productores establecidos en los países participantes en el Subprograma MEDIA y con una participación significativa de profesionales de esos países.

La película deber ser una obra de ficción (incluidas las películas de animación) o un documental con una duración mínima de 60 minutos.

La película no debe consistir en contenido alternativo (óperas, conciertos, actuaciones, etc.) ni en material publicitario, pornográfico o racista.

El presupuesto de producción de la película no puede superar los 15 millones de euros.

Para que la película sea elegible, su primer copyright no debe haberse establecido antes de 2018.

La película deberá estrenarse:

  • O entre el 1 de abril de 2019 y el 1 de octubre de 2020 (primer plazo)
  • O entre el 1 de octubre de 2019 y el 1 de abril de 2021 (segundo plazo)

Para que los costes sean elegibles, la acción consiste en:

La coordinación de la campaña por parte del agente de ventas.

La promoción y el lanzamiento de películas europeas no nacionales elegibles por parte de los distribuidores.

La película debe tener un identificador interoperable estándar, como ISAN o EIDR.

El beneficiario tendrá 18 meses para llevar a cabo el proyecto.

Criterios de selección:

Se concederá hasta un total de 100 puntos con arreglo a los siguientes criterios:

  • Relevancia y valor añadido europeo (30 puntos)

Pertinencia del contenido de la actividad, incluida su dimensión internacional /europea /regional con respecto a los objetivos de la convocatoria de propuestas.

  • Calidad de los contenidos y actividades (45 puntos)

Calidad del proyecto en términos de contenido y estrategias de distribución.

  • Comunicación y difusión de los resultados, impacto y sostenibilidad del proyecto (15 puntos)

Plan del agente de ventas para expandir el proyecto con el fin de aumentar el impacto y la sostenibilidad de la acción financiada.

  • Coordinación (10 puntos)

Metodología implementada por el solicitante para distribuir el fondo a terceros, recopilar resultados e informar.

En este enlace está disponible la documentación relativa a la Convocatoria MEDIA de apoyo a la Distribución Selectiva  EACEA 28/2018.

Si tienes alguna duda, puedes localizarnos aquí:

telefono+34 91 512 01 78 mail  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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